Velocidad y límites de velocidad en España
Los límites de velocidad en España varían según el tipo de vía y el tipo de vehículo. La medición de los cinemómetros está sujeta a control metrológico. El error máximo depende del tipo de equipo y de la fase de verificación; la señalización específica de cada vía siempre prevalece.
Consultar el margen orientativo
Compara ejemplos basados en los errores máximos de verificación para equipos fijos, móviles y de tramo.
Límites de velocidad por tipo de vía
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Margen de error de los radares
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Límites de velocidad en España (2026)
Límites genéricos según el Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Seguridad Vial). La señalización específica de cada vía siempre prevalece.
| Tipo de vía | Turismos | Motos | Camiones |
|---|---|---|---|
| Autopista / Autovía | 120 km/h | 120 km/h | 90 km/h |
| Carretera convencional | 90 km/h | 90 km/h | 80 km/h |
| Travesía (límite genérico) | 50 km/h | 50 km/h | 50 km/h |
| Vía urbana (2+ carriles por sentido) | 50 km/h | 50 km/h | 50 km/h |
| Vía urbana (1 carril por sentido) | 30 km/h | 30 km/h | 30 km/h |
| Vía urbana con plataforma única | 20 km/h | 20 km/h | 20 km/h |
* Los límites indicados son los genéricos. La señalización vertical u horizontal en cada vía puede establecer límites distintos que siempre prevalecen.
¿Cómo funciona el margen de los radares?
La Orden ICT/155/2020 vigente distingue el tipo de instalación y la fase del control metrológico. En verificación periódica, los errores máximos no son iguales para todos los equipos:
- Fijo o estático: ±5 km/h hasta 100 km/h y ±5 % por encima, en el supuesto de verificación periódica.
- Móvil sobre vehículo: ±7 km/h o ±7 %; tramo: ±3 km/h o ±3 % en ese mismo supuesto.